Preguntas Frecuentes
¿Tienes alguna duda sobre el Programa?
En esta sección encontrarás las respuestas a las consultas más frecuentes.
La selección de los planteles no se hace mediante inscripción o convocatoria, sino con base en el procedimiento de priorización que establece el ACUERDO número 13/02/25 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa La Escuela es Nuestra para el ejercicio fiscal 2025, publicado el 13 de febrero 2025 en el Diario Oficial de la Federación, considerando además la matrícula y la disponibilidad presupuestal.
El recurso del PLEEN lo ejercen las comunidades escolares a través del Comité Escolar de Administración Participativa (CEAP), y son quienes deciden y gestionan el recurso, el cual pueden utilizar para:
En Educación Básica
•Rehabilitación o ampliación de las condiciones físicas del plantel
•Equipamiento
•Horario extendido
•Servicio de alimentación
En Educación Media Superior
•Rehabilitación o ampliación de las condiciones físicas del plantel
•Equipamiento
Los montos se establecen considerando el tamaño de la matrícula registrada al momento de la selección, en el listado de planteles asociado al levantamiento de información estadística educativa vigente. Conforme a los rangos establecidos en las Reglas de Operación son los siguientes:
Educación Básica
Grupo | Rango de alumnas(os) | Monto |
---|---|---|
Grupo I | De 2 a 50 alumnas(os) | $200,000.00 |
Grupo II | De 51 a 150 alumnas(os) | $250,000.00 |
Grupo III | De 151 y más alumnas(os) | $600,000.00 |
Educación Media Superior
Grupo | Rango de alumnas(os) | Monto |
---|---|---|
Grupo I | De 3 a 300 alumnas(os) | $600,000.00 |
Grupo II | De 301 a 1,000 alumnas(os) | $1,000,000.00 |
Grupo III | De 1,001 o más alumnas(os) | $1,500,000.00 |
Mediante comprobantes de gastos, es decir, facturas, notas de remisión, recibos simples y listas de raya, considerando el Formato de Control de Gastos sugerido para la rendición de cuentas.
Se sugiere que las Comunidades Escolares que no cuenten con terreno propio, no destinen el subsidio para ampliación y rehabilitación y preferentemente lo utilicen en equipamiento o material didáctico; para el caso de Educación Básica además lo pueden aplicar en el Horario extendido y/o Servicio de Alimentación.
No, de acuerdo con las Reglas de Operación del Programa La Escuela es Nuestra, solo atiende:
- Planteles públicos de Educación Básica, de nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria en sus diferentes modalidades, CAM y Servicios Educativos CONAFE.
- Planteles públicos de Educación escolarizada de Media Superior
La Dirección General de la Escuela es Nuestra, no tiene entre sus atribuciones la asignación de Becas, por lo que se sugiere dirigirse a la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez (https://www.gob.mx/becasbenitojuarez)
El plantel solo deberá contar un CEAP independientemente de la cantidad de Centros de Trabajo que existan en el mismo.
No, los FA dependen de la Secretaría de Bienestar.
Los integrantes del CEAP darán cuenta y presentarán a la comunidad escolar su Expediente de Actividades con la documentación comprobatoria original, relacionada con la ejecución de los recursos del PLEEN y deberá estar disponible para cualquier requerimiento que soliciten directamente las instancias fiscalizadoras y/o la Dirección General La Escuela es Nuestra y/o la Secretaría de Bienestar para su consulta en sitio, es decir, en el plantel.
Asimismo, pueden acudir ante la Fiscalía General de Justicia de su entidad federativa para presentar denuncia penal por la presunción de la comisión de un delito relacionado con la administración de los recursos federales del PLEEN.