Preguntas Frecuentes


¿Tienes alguna duda sobre el Programa?


En esta sección encontrarás las respuestas a las consultas más frecuentes.


La selección de los planteles no se hace mediante inscripción o convocatoria, sino con base en el procedimiento de priorización que establece el ACUERDO número 31/12/22 por el que se emiten las Reglas de Operación del PLEEN para el ejercicio fiscal 2023, publicado el 29 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, además de la matrícula y la disponibilidad presupuestal.


El recurso del PLEEN lo ejercen las comunidades escolares a través del Comité Escolar de Administración Participativa (CEAP), quienes deciden y gestionan el uso del recurso.


Lo pueden implementar en:


  • horario extendido
  • servicio de alimentación
  • equipamiento
  • rehabilitación o ampliación de las condiciones físicas del plantel.


Si el CEAP decide el horario extendido, podrán asignar y ejercer de su presupuesto hasta el 21% para este fin. Para los demás apoyos pueden ejercer hasta el 100% de su presupuesto.



Dependerá de la matrícula del primer semestre del ejercicio fiscal, registrada en el Sistema de Captura del Formato 911 y al rango establecido en las ROP:


GrupoRango de alumnas(os)Monto
Grupo IDe 2 a 50 alumnas(os)$200,000.00
Grupo IIDe 51 a 150 alumnas(os)$250,000.00
Grupo IIIDe 151 y más alumnas(os)$600,000.00


Mediante comprobantes de gastos, es decir, facturas, notas de remisión, recibos simples y listas de raya, considerando el Formato de Control de Gastos sugerido para la rendición de cuentas.


Se sugiere que las comunidades educativas CONAFE o cualquier otro plantel que no cuente con terreno propio, no destinen el subsidio para infraestructura y si para equipamiento, material didáctico, servicio de alimentación y/o horario extendido.


No es posible, toda vez que este Programa atiende planteles públicos de educación básica, de nivel inicial, preescolar, primaria y secundaria en sus diferentes modalidades, CAM y Servicios Educativos CONAFE.


La Dirección General de la Escuela es Nuestra, no tiene entre sus atribuciones la asignación de Becas, por lo que se sugiere dirigirse a la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez (https://www.gob.mx/becasbenitojuarez)


El plantel solo deberá contar un CEAP independientemente de la cantidad de Centros de Trabajo que existan en el mismo.



Los integrantes del CEAP darán cuenta y presentarán a la comunidad escolar su Expediente de Actividades con la documentación comprobatoria original, relacionada con la ejecución de los recursos del PLEEN y deberá estar disponible para cualquier requerimiento que soliciten directamente las instancias fiscalizadoras y/o la Dirección General La Escuela es Nuestra y/o la Secretaría de Bienestar para su consulta en sitio, es decir, en el plantel.


Cualquier integrante del Comité, de la comunidad escolar o ciudadanía en general, deberá presentar denuncia administrativa ante la sección competente en materia de responsabilidades administrativas de su entidad federativa, esto es, la autoridad investigadora que serían los Órganos Internos de Control, la Auditoría Superior de la Federación o las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, para que puedan ejercer las acciones que consideren procedentes, atendiendo al presunto acto de particulares o servidores públicos vinculados con una o varias faltas administrativas graves.


Asimismo, pueden acudir ante la Fiscalía General de Justicia de su entidad federativa para presentar denuncia penal por la presunción de la comisión de un delito relacionado con la administración de los recursos federales del PLEEN.




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